Han sido publicadas hoy las BASES (no la convocatoria aún ) de ayudas de la JUNTA DE CASTILLA Y LEON

  • AYUDAS SECTOR TURISTICO Y GIMNASIOS
  • AYUDAS MODERNIZACION Y DIGITALIZACION DE COMECIO
  • AYUDAS ESPECIFICAS PARA COMERCIO ALIMENTACION, BEBIDAS, DROGUERIA,..
  • AYUDAS EMPRESAS ARTESANAS
  • AYUDAS FERIANTES, ORQUESTAS,…

Os detallamos algunos aspectos de las más importantes

AYUDA 1 MEDIDAS URGENTES Y EXTRAORDINARIAS PARA EL SOSTENIMIENTO Y REACTIVACIÓN DE LOS SECTORES TURÍSTICO Y DEPORTIVO DE CASTILLA Y LEÓN FRENTE AL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA COVID-19.

Subvenciones destinadas al sector turístico.

Se otorgarán subvenciones destinadas a financiar parte del gasto de las personas físicas que se alojen en establecimientos de alojamiento turístico de Castilla y León, que estén inscritos en el registro de Turismo de Castilla y León y que cuenten con el sello Turismo de Confianza.

Subvenciones destinadas al sector deportivo.

Se otorgarán subvenciones para dotar de liquidez a personas o entidades titulares de instalaciones deportivas o escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte que se hayan visto afectados por las medidas adoptadas para la gestión de las crisis ocasionada por la COVID-19.

Los titulares de estos establecimientos pueden ser autónomos o pequeñas, medianas o micro empresas,

AYUDA 2 SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MODERNIZACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y MEJORA DE LA GESTIÓN DEL COMERCIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Su finalidad debe ser:
    1. La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento comercial y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.
    1. O su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
    1. O bien ambas a la vez.
  2. Se requerirá la realización de un diagnóstico sobre el proyecto para el cual se solicita la subvención que deberá incluir los siguientes aspectos: análisis de necesidades, definición de objetivos y actuaciones a realizar así como una estimación de resultados a alcanzar.

 Este diagnóstico se podrá realizar con medios propios o ajenos.

  • En el presupuesto de gastos de la memoria económica que se presente junto con la solicitud de subvención se relacionarán los proveedores de cada uno de los conceptos incluidos en el mismo.
  • El proyecto ha de ejecutarse en establecimientos comerciales minoristas ubicados en Castilla y León.

 Cuando en un mismo establecimiento comercial se ejerzan distintas actividades, solo será subvencionable el proyecto si la actividad principal en volumen de negocio desarrollada en el mismo es de comercio al por menor conforme a la división 47 del CNAE 2009, salvo las exclusiones establecidas en la base segunda 1. c).

2.– Podrán subvencionarse, con el detalle y con las excepciones que puedan establecerse en las correspondientes convocatorias, los siguientes gastos:

  1. La elaboración del diagnóstico, cuando se realice con medios ajenos.
  2. La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
  3. La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos.
  4. Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución o la mejora de la imagen del mismo, así como:
    1. Las dirigidas a la implantación de buenas prácticas medioambientales que impliquen reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos o gestionarlos de forma más adecuada conforme a la jerarquía de residuos, y/o minimizar otros impactos de carácter medioambiental.
    1. Las dirigidas a la eliminación de barreras que mejoren la accesibilidad a las personas con discapacidad.
  5. La adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
  6. La adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad.
  7. Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecommerce, scommerce, mcommerce – etc…) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc…).
  8. El hardware y el software necesarios para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias. En especial, los terminales de punto de venta compactos o modulares y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, u otros similares que puedan establecerse en las correspondientes convocatorias.
  9. Formación necesaria para la utilización de los sistemas de comercialización o de gestión del establecimiento comercial anteriormente citados.

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 50% del presupuesto aceptado, salvo para los gastos incluidos en las letras g), h) e i) del punto 2 de la base tercera (digitalización del establecimiento comercial) para los que será de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:

  1. No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
  2. El presupuesto máximo aceptado será:
    1. Para los gastos incluidos en las letras g), h) e i) del punto 2 de la base tercera en conjunto, de 10.000 euros.
    1. Para el resto de los gastos en conjunto, de 40.000 euros.

AYUDA 3 SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PROMOVER LA COMERCIALIZACIÓN Y GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO EN EL MEDIO RURAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

A los efectos de las presentes bases se entiende por abastecimiento de productos de carácter cotidiano la venta de alimentación, droguería y perfumería.

Podrán subvencionarse, con el detalle y con las excepciones que puedan establecerse en las correspondientes convocatorias, los siguientes gastos:

  1. La elaboración del diagnóstico, cuando se realice con medios ajenos.
  2. La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos en el establecimiento comercial.
  3. Las obras e instalaciones de adecuación interior y exterior del establecimiento comercial.
  4. La adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos en el mismo.
  5. La adquisición, instalación y montaje en el establecimiento comercial de mobiliario y maquinaria vinculados a la actividad comercial.
  6. Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecommerce, scommerce, mcommerce – etc…) o de gestión del establecimiento comercial (captación y gestión de clientes, gestión de proveedores – etc…)
  7. El equipamiento (hardware, software – etc…) necesario para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias.
  8. La adquisición de vehículos

Cuantía.

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 75 % del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:

  1. No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 1.000 euros.
  2. El presupuesto máximo aceptado será de 15.000 euros.

OTRAS AYUDAS

  • ASOCIONISMO COMERCIO
  • EMPRESAS ARTESANAS
  • FERIANTES, ORQUESTAS,…
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