ACUERDO SOCIAL POR EL EMPLEO

El diálogo social ha logrado otro importante acuerdo para extender hasta el 31 de enero los ERTE (expedientes de regulación temporal de empleo) del coronavirus. De esta forma, Gobierno y agentes sociales logran un horizonte de certidumbre de cuatro meses que permitirá pasar también la temporada navideña, otro de los momentos del año importantes para la economía española.

El nuevo escenario plantea diferentes retos que el Gobierno cubrirá con cuatro tipos diferentes de ERTE para ajustarlos a las necesidades de cada territorio y sector.

PRIMER TIPO ERTE

El primero son los ERTE de sectores especialmente afectados por la pandemia. Estos expedientes están limitados a unos sectores concretos, determinados por los códigos CNAE. El objetivo de esta ayuda es proteger a las actividades más golpeadas por la crisis económica, como son la hostelería o el comercio, que aunque no sufran restricciones, están muy lejos de volver a la normalidad. Estos sectores son los que más trabajadores mantienen en el ERTE, ya que no han podido recuperar sus plantillas por los problemas económicos que atraviesan, de modo que estos trabajadores quedan protegidos para los próximos cuatro meses. En este caso, las exoneraciones serán del 85% para las empresas de menos de 50 trabajadores y del 75% para las de más de 50 trabajadores.

SEGUNDO TIPO DE ERTE
El segundo son los ERTE de impedimento para los territorios en los que las autoridades obliguen al cierre para contener el virus. En estos casos, las empresas podrán acogerse a estos expedientes que funcionarán durante el tiempo en el que dure el cierre forzoso. Tendrán una exoneración de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social del 100% para las empresas de menos de 50 trabajadores y del 90% para las de más de 50 trabajadores mientras duren las restricciones.

TERCER TIPO DE ERTE

El tercero es un nuevo ERTE de limitación de actividad. Este se establece para todos los territorios en los que exista algún tipo de restricción de actividad o movimientos sin que sea obligatorio el cierre total de los negocios. El mejor ejemplo es el caso actual que vive Madrid, donde hay una limitación de horarios y aforo para el comercio, la restauración y los bares. Esta modalidad de ERTE protege a casi todas las empresas, sea cual sea su sector, de modo que se convierte en el gran paraguas para los próximos meses.

En este caso las exoneraciones serán decrecientes en el tiempo. Durante el primer mes ascenderán al 85% para las empresas de más de 50 trabajadores y al 75% para las grandes. A partir del segundo mes se rebajarán hasta el 70% y 60%, respectivamente, en noviembre; del 70% y 60% en diciembre y, finalmente, del 60% y 50% en enero.

CUARTO TIPO DE ERTE

El último de los ERTE es el ordinario ETOP (de causa económica, técnica, organizativa o de producción). Este es el que protegerá a las empresas que no tengan ninguna restricción y tampoco estén en los sectores protegidos por el ERTE de fuerza mayor.

Protección a los trabajadores

El diálogo social ha acordado mantener dos de las grandes medidas de protección de los trabajadores afectados: la cuantía de la prestación y el ‘contador a cero’. En el primer caso, los beneficiarios seguirán percibiendo el 70% de la base reguladora, aunque la ley determina que a partir del séptimo mes se reduzca al 50%. De esta forma, al menos durante cuatro meses mantendrán la prestación actual. En cuanto al contador a cero, significa que no se restará el periodo de cotización acumulado para percibir prestaciones futuras.

Pero el acuerdo incorpora otros avances importantes para los trabajadores de temporada con contratos fijos-discontinuos. Estos asalariados que habitualmente se van al paro cuando finaliza la temporada de verano, seguirán protegidos hasta enero con una prestación extraordinaria. Además, los trabajadores que no tengan cotizado el periodo suficiente para cobrar una prestación, tendrán derecho a percibirla durante los próximos cuatro meses.

CLAUSULA DE MANTENIMIENTO DEL EMPLEO

Además, se mantiene la cláusula de mantenimiento del empleo que tanta polémica generó durante las negociaciones. La empresa que despida durante los seis meses posteriores al fin de la ayuda de los ERTE tendrá que devolver todo el dinero recibido, incluyendo el salario de sus trabajadores. Una penalización que hace imposible que puedan asumir ni un solo despido. La CEOE reclamaba modificarla para que las sanciones fueran proporcionales a los trabajadores despedidos, para así poder ajustar sus plantillas a la nueva normalidad, pero el Gobierno y los sindicatos han rechazado frontalmente este punto.

Alma Consultoria

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